Lobo vivo, lobo protegido

Mucho se ha hablado del lobo y de su protección legal en los últimos meses.

Hemos observado en medios y también en redes sociales el constante ir y venir de una pelea que no deja de tener cierto cariz ideológico y en demasiados casos, intereses económicos.

En un lado del ring, el Gobierno de España así como colectivos de conservación de la biodiversidad como ASCEL (Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico) o CODA (Confederación Ecologistas en Acción). En el otro lado del ring, ciertos gobiernos que arrastran o son arrastrados por grupos sectoriales como ganaderos y cazadores.

Esta es una historia que viene de antiguo. Debemos viajar a mediados del siglo pasado para ver la evolución de la protección legal del lobo en España.

Hasta finales de los años 60 el lobo era considerado una alimaña y perseguido por todos los medios posibles: a tiros, con estricnina o con todo tipo de trampas. Estaba rodeado de mitos y leyendas negras y sometido a auténticas campañas de persecución y exterminio. La presión era tal que a principios de los años 70 el lobo estuvo a punto de desaparecer para siempre de la península ibérica. Gracias a la intensa campaña pública, a la que contribuyó Félix Rodríguez de la Fuente, el lobo se libró de la extinción.

El Convenio de Berna de 1979, relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa recogía el lobo como “especie de fauna estrictamente protegida”, si bien España al ratificarlo en 1986 hizo una reserva a este convenio. Y lo hizo para rebajar su protección a la categoría de «especie de fauna protegida«, en la que tenía menos garantías.

La Directiva 92/43/CEE (Hábitats) lo declara como especie de interés comunitario. Con ocasión de esta circunstancia, se intentó que el lobo se convirtiera en especie protegida. Aunque no se consiguió completamente, en España el lobo quedó legalmente protegido al sur del Duero. Sin embargo, al norte de ese río seguía permitiéndose su caza.

El impulso definitivo a su protección en España fue en Septiembre de 2021.

De conformidad con el art. 56 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, la condición de especie amenazada puede variar con el tiempo según múltiples factores.

La Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas. Este listado (LESPRE) recoge las poblaciones que necesitan una protección particular por su valor científico, ecológico, cultural, singularidad, rareza o grado de amenaza y conforme a esta Orden se incluyó en él a TODAS las poblaciones españolas del Lobo (Canis lupus).

¿Podemos decir entonces que el lobo está blindado en España?

NO. Aunque sigue siendo posible matar lobos, se elimina la posibilidad de abatir lobos por cazadores de forma recreativa y solo se permitirá mediante autorización de las comunidades autónomas y con ciertas cautelas.

A pesar de ser una protección algo tibia y confusa a nuestro juicio, la reacción de algunos actores a la citada normativa no se ha hecho esperar.

Contaremos lo que ha ocurrido después de la aprobación de la citada Orden, como si fuera una obra teatral estructurada en 3 actos, a falta aún de su desenlace.

Primer acto: Audiencia Nacional. Se desestima la suspensión cautelar de la Orden.

Los gobiernos de Galicia (PP), Asturias (PSOE), Cantabria (PRC) y Castilla y León (PP+VOX) alzaron su voz contra la protección del lobo, acompañados de asociaciones de ganaderos (ASAJA, COAG y UPA), el Ayuntamiento de Ponga y la Fundación Artemisán (cazadores).

Algunos de ellos solicitaron como medida cautelar la suspensión de la citada Orden, y ello en base a supuestos daños en el ganado (perjuicios económicos), pero la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso-Administrativo) las rechazó. Se basó en que la suspensión de la Orden tendría como consecuencia la posibilidad de seguir cazando el lobo, lo cual ocasionaría un daño “irreversible e irreparable”. Concretamente en el Auto de 13 de diciembre 2021, la Audiencia Nacional dice «en el caso que nos ocupa, debe prevalecer el interés general de conservación de la especie, sobre esos posibles daños económicos».

Segundo acto: el Tribunal Constitucional avala la protección del lobo frente a las autonomías “rebeldes

El presidente del Gobierno promovió recurso de inconstitucionalidad contra determinados artículos de la Ley 4/2021, de 1 de julio, de caza y gestión sostenible de los recursos cinegéticos de Castilla y León, que, aunque anterior a la citada Orden, fijaba las poblaciones españolas de lobo situadas al norte del río Duero como especies cinegéticas susceptibles de caza.

Nuestro alto tribunal procede a reconocer el carácter de norma básica (y por tanto, de competencia estatal conforme al 149.1.23 CE) de los catálogos y listados estatales de fauna silvestre amenazada o protegida, porque «al estar orientadas a la salvaguarda del interés ecológico, que es manifestación del interés general y público, deben prevalecer sobre la regulación de la caza y la pesca, …» como establece la SSTC 69/2013, de 14 de marzo y 148/2020, de 22 de octubre.

El Tribunal Constitucional (TC) por tanto, estimó el recurso presentado por el Gobierno Central y declaró inconstitucionales y nulos los artículos de la ley de Castilla y León aprobados en julio de 2021. Aunque inicialmente eran conformes con la normativa básica, permitían la caza del lobo “vulnerando el orden constitucional” y “rebajando el nivel de protección medioambiental” de la especie. Habrían incurrido en inconstitucionalidad mediata o indirecta por no ser conformes a la distribución competencial establecida en la Constitución.

Tercer acto: Aprobación de la «Estrategia para la conservación y gestión del lobo Canis lupus»

La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente aprobó en su reunión del pasado 28 de julio de 2022, la Estrategia para la conservación y gestión del lobo Canis lupus, de vigencia indefinida y de actualización periódica.

Sus objetivos son:

  1. Asegurar la conservación del lobo a largo plazo y promover su recuperación natural.
  2. Reducir los conflictos, potenciando la coexistencia de las explotaciones ganaderas con el lobo.
  3. Promover actuaciones para la mejora de la percepción social y difusión de los valores ecológicos en aquellos espacios en los que conviven el lobo y la ganadería extensiva.

La estrategia se aplicará en orden a la mejora de la coexistencia de esta especie con las explotaciones ganaderas, minimizando el conflicto entre el lobo y la ganadería extensiva a través de la aplicación de medidas preventivas. Se persigue también la recuperación de la cultura pastoril basada en el manejo del ganado con perros mastines y la figura del pastor, que es algo que estaba desapareciendo en gran parte de España durante las últimas décadas.

Castilla y León, Cantabria y Galicia, votaron en contra de la Estrategia porque quieren seguir permitiendo la caza cinegética de estos animales. “No podemos votar a favor de un documento que va en contra de la población rural, específicamente de la que se dedica a la ganadería extensiva”, señala un comunicado de Castilla-León.

¿Significa esto que esas comunidades autónomas podrán seguir permitiendo su caza indiscriminada?

No. Si el Ministerio considerara que esas administraciones no cumplen las condiciones para realizarlas, podría llevar a la comunidad correspondiente a los tribunales.

Por último añadir que el Estado aportará 20 millones de euros para poner en marcha un mecanismo de indemnización con medidas preventivas por un lado, frente a los posibles ataques de estos animales (vigilancia de pastores, uso de perros, vallados y buena gestión del ganado), y por otro lado con indemnizaciones, si se demuestran daños en la cabaña ganadera.

El lobo es uno de los animales más emblemáticos de nuestra fauna, un cánido noble. Cuando mata, lo hace para comer, a diferencia de nosotros. Son fieles, leales y cariñosos para con su familia, protegiendo a los miembros más débiles de la manada. En ese sentido, no se diferencian de las relaciones familiares que podemos sentir los seres humanos.

Valoremos a la especie del lobo como lo que es: un animal inteligente, que crea grandes lazos con los suyos, y que merece la pena proteger; no sólo por su carisma, sino también porque hace un papel fundamental en la conservación del ecosistema. Y si vamos más allá del utilitarismo, y del egoismo humano, simplemente es un «ser con derecho a ser«, a vivir. Ahora mismo su especie está protegida y no debería dejar de estarlo sólo porque unos pocos, que lo consideran molesto, así lo decidan.

Dicen que no se puede ser optimista, pero viendo la evolución de la normativa y de la jurisprudencia más reciente, todo apunta a que los que no quieren proteger al lobo cada vez lo van a tener un poco más complicado. Que su protección legal se consolide, como sucede actualmente, es una muy buena noticia.

Por fin hay una ventana a la esperanza.

¡¡¡Lobo vivo, lobo protegido!!!

Por Eloi Sarrió, director de Aboganimal

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