En España, un creciente número de responsables de animales y veterinarios se encuentra atrapado en una tormenta de confusión y frustración respecto al Real Decreto 666/23, que regula la prescripción y uso de medicamentos veterinarios.
Los veterinarios de toda España están movilizados y argumentan que la normativa actual compromete su capacidad para usar su criterio clínico y tratar eficazmente a los animales. Exigen la derogación del decreto, alegando que «dificulta su labor y deja de lado su experiencia clínica”. Una veterinaria va más allá y expresa su frustración en prensa diciendo, literalmente: «Nos obligan, aunque (los animales) se mueran».
Pero, ¿qué hay de cierto en eso? ¿Es posible que exista una norma para atacar la profesión veterinaria y a la vez dejar desprotegidos a los animales?
El porqué del RD 666/23
Diseñado para regular el uso de medicamentos veterinarios y combatir la resistencia antimicrobiana, el RD 666/23 tiene el fin de mejorar la salud pública. Viene alineado con una línea de trabajo mundial desde 1998, una línea de trabajo europea, desde hace ya 25 años y se viene implementando también a nivel estatal desde el año 2006.
Las primeras víctimas: “sin microchip no hay tratamiento”
La confusión inicial sobre la identificación de animales creó problemas significativos, especialmente para aquellos animales que no estaban microchipados, como puede ser el caso de animales rescatados o gatos procedentes de colonias felinas. Aunque el RD 666/23 no especificaba el uso exclusivo de chips para la identificación, muchos veterinarios se apegaron a esta interpretación estricta, y el resultado fue que algunos denegaron tratamientos necesarios a animales que no estaban identificados con microchip.
A principios de año escuchamos testimonios desgarradores de cuidadoras o gestoras que se veían impotentes al ver a sus animales queridos privados de tratamientos vitales. En Aboganimal recordamos a Apolo, el noble galgo abandonado y rescatado sin microchip. Y qué decir de los gatos comunitarios sin chipar (hay Ayuntamientos que se siguen resistiendo a identificarlos y a censarlos), prácticamente condenados a muerte si no recibían antibióticos tras una esterilización en el marco del método C.E.R. 🩺🆘
Conforme expusimos el pasado mes de diciembre de 2024 en nuestro artículo de blog, no había razones legales para negar el tratamiento a animales sin chip, no venía contemplado en la norma ni tampoco respondía al objetivo de esta. Nuestra interpretación fue que los veterinarios podían utilizar métodos alternativos de identificación (historia clínica u otras referencias) para poder administrarles y prescribirles medicamentos a los animales sin chipar, sin miedo a ser multados.
Afortunadamente, una nota aclaratoria, emitida un mes después (enero 2025) fue coincidente con nuestra interpretación. Los Ministerios competentes (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Ministerios de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030) clarificaron que la normativa se centra en la identificación general del animal y su responsable, y no estaba restringida exclusivamente a los microchips. Todo animal tiene derecho a ser tratado, independientemente de si tenía chip o no.
Al emanar dicha nota aclaratoria de organismos oficiales, fue útil para asegurar que ningún animal quedara sin tratamiento debido a malentendidos burocráticos derivados de una deficiente interpretación normativa.
Las víctimas van aumentando: “ahora hay que esperar al resultado del cultivo”
Después de esa nota aclaratoria, siguieron las “interpretaciones erráticas” del RD 666/23.
Un ejemplo desgarrador es el de Selva, una perra de nueve años que llegó a una clínica en Galicia tras sufrir una mordedura de otro perro. Su veterinario interpretó que, para darle la siguiente categoría de antibióticos, debía esperar los resultados de los cultivos. Mientras esperaban, su condición empeoró fatalmente y acabó falleciendo por sepsis. Selva ha sido el caso más mediático, aunque no el único, en Aboganimal hemos tenido casos previos, así como posteriores al suyo.
Pero no ha sido la única casuística. Ciertos veterinarios se negaban a administrarles antibióticos tras la esterilización a gatos comunitarios bajo el método CER porque supuestamente “la nueva ley se lo impedía”. Es una actuación denunciable por ser especialmente grave. Un gato o gata que es retornado a su colonia tras una intervención reciente, prácticamente es condenado a morir de septicemia en caso de infección. Es sabido que el seguimiento postquirúrgico es muy difícil en esa situación, porque no se convive con el animal y los gatos se esconden cuando se encuentran mal, para finalmente retirarse a morir.
¿Existe interpretación oficial del RD 666/23?
Sí, nada más y nada menos que el Tribunal Supremo en diversas sentencias reforzó en 2024 el derecho y deber profesional de los veterinarios de utilizar su criterio.
Sentencias específicas sobre el RD 666/23 han clarificado, entre otras cosas, que no es necesario esperar a los resultados de laboratorio, y ni siquiera es algo obligatorio hacer dichos cultivos en todos los casos.
Puedes leerlas, te las citamos: STS 3127/2024, STS 5261/2024, STS 5234/2024 y STS 5548/2024 (como verás, todas son anteriores al 2 de enero de 2025).
El Tribunal Supremo permite el diagnóstico clínico profesional como base para administrar tratamientos eficaces. Es decir, el veterinario conserva su juicio para administrar el antibiótico que, según su saber profesional, va a ser el eficaz para ese animal. El enfoque de nuestro Alto Tribunal, como vemos, permite a los veterinarios garantizar el bienestar animal sin transgredir la ley.
Y si esta interpretación jurisprudencial ya existía el 2 de enero de 2025, cuando empezó la vorágine y las malas interpretaciones de este RD… ¿qué es lo que está pasando? Ya nos gustaría poder responder a esa pregunta. De momento la dejamos abierta.
Mirando hacia el futuro: no perdamos el Norte
En un mundo donde las normas protegen tanto la salud pública como animal, es crucial que el enfoque sea unificador, ya que ambos intereses son compatibles con el espíritu de la norma y dentro del enfoque One Health.
Desde la perspectiva del Derecho Animal, particulares, asociaciones y Administración cuidan, rescatan y protegen animales. Animales que merecen cuidados efectivos, sin demoras innecesarias, respaldados por buenas prácticas y apoyados por decisiones legales informadas y compasivas. Las decisiones que afectan a sus vidas o a su salud deben estar basadas siempre en interpretaciones legalmente correctas.
Estamos aquí para defender el derecho de los animales a recibir un cuidado compasivo y competente. Porque tú, que te preocupas y cuidas de ellos cada día, mereces tener la certeza de que las normas velan por su bienestar y no se interponen en el camino. 💙
Confiamos en que, juntos, aseguraremos que estas prácticas dejen de ser obstáculos y la sensatez prevalezca. Su vida y bienestar dependen de ello. 🙏🐾