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¿Qué hago si me encuentro un animal abandonado?

¿Qué hago si me encuentro un animal abandonado?

Seguro que alguna vez te has encontrado con un animal perdido y a lo mejor no sabías cómo actuar.

Quizá estuviera asustado, herido o tuviera indicios de maltrato.

No te preocupes. Aquí vamos a indicar los pasos a seguir para cuando te encuentres en una situación similar.


  1. ¿Qué es lo primero que debo hacer?

Lo más importante es ponerlo a salvo si está en una situación de riesgo y procurarle asistencia veterinaria urgente si la necesita. Si es una cuestión de vida o muerte o el animal está sufriendo no es momento de preocuparse por quién ha de abonar los gastos. El art. 333 bis del Código Civil nos dice que «3. Los gastos destinados a la curación y al cuidado de un animal herido o abandonado son recuperables por quien los haya pagado mediante el ejercicio de acción de repetición contra el propietario del animal o, en su caso, contra la persona a la que se le hubiera atribuido su cuidado en la medida en que hayan sido proporcionados y aun cuando hayan sido superiores al valor económico de éste.» Así que tiempo tendremos de solicitar el reembolso a quien corresponda, pero lo primero es auxiliarle.

Lo siguiente sería analizar la situación. ¿Parece el animal abandonado? ¿Quizá simplemente se haya perdido?

Hay que comprobar si tiene chip. Los veterinarios, la policía local, algunas asociaciones de protección animal suelen tener un lector para saberlo. Si tuviera chip hay un procedimiento para que si titular lo recoja, también un plazo legal transcurrido el cual se consideraría abandonado.  Si no tuviera el chip, entonces la situación se complica.

  1. ¿Qué pasa si el animal no tiene chip?

Tenemos que ser conscientes que la legislación de protección animal varía según las Comunidades Autónomas y muchas veces también según los Municipios. No todas las Comunidades Autónomas han implementado el sacrificio cero sobre los animales, (de hecho, tan solo han sido 7 las comunidades que a la fecha de redacción del presente artículo lo tienen reconocido:  Madrid, Cataluña, Murcia, Navarra, La Rioja, Galicia y Castilla La Mancha). En algunos casos el sacrificio de los animales se realiza transcurrido un plazo determinado desde su recogida. Aragón, por ejemplo, permite el sacrificio de animales abandonados tras los 10 días de su recogida, según el artículo 20 de la Ley 11/2003; en la Comunidad Valenciana en demasiados lugares desgraciadamente los animales abandonados siguen siendo sacrificados a los 20 días desde su recogida según el artículo 21 de la Ley 4/94.

Y, aún en aquellas Comunidades que han implantado el sacrificio cero, muchas veces, los Municipios siguen desfasados. Por ejemplo, en algunos municipios de Madrid todavía se siguen sacrificando animales por ser abandonados a pesar de que la ley autonómica lo prohibe, y esto es denunciable.

Por esto mismo es importante tener en cuenta la situación. Si eres de los que se preocupa por el bienestar animal hasta el final, esto es muy necesario, no queremos que el destino del animal sea una jaula indefinida o incluso, en el peor de los casos, el sacrificio. Desgraciadamente las perreras en España hoy por hoy son negocios legales. Comentamos esto porque muchas veces, con toda nuestra mejor intención, llevamos al animal a la policía, pero no sabemos que si en ese municipio los animales abandonados serán sacrificados en un plazo o en qué condiciones se van a custodiar. Esto lo podemos saber haciéndonos con el convenio o contrato del servicio de recogida, que suele ser municipal o mancomunado. Es muy recomendable preguntar a la protectora de animales más cercana cómo funciona el servicio. Debemos cerciorarnos si en ese municipio el destino del animal va a ser seguro.

  1. ¿Estoy protegida/o si ayudo a un animal abandonado?

Como ya sabemos todos, la vida de un animalista nunca es sencilla y las complicaciones por desgracia, no tienen por qué terminar aquí. Ha habido algún caso en el que, al rescatar un animal abandonado, el titular del animal ha denunciado a esa persona por apropiación indebida (artículos 253 y 254 del Código Penal). Es por ello por lo que aconsejamos tener las pruebas pertinentes para demostrar que actuamos de buena fe. Cuando te encuentras un animal y piensas que este animal ha sido abandonado, debes hacerte con una serie de pruebas para después, si hiciera falta, demostrar tu buena fe ante cualquier denuncia.

  1. ¿Qué pruebas necesito?

a) Fotografías. Lo mejor es sacar fotos de dónde y cómo se encuentra el animal, y cuándo lo encontraste.

b) Testigos. Si vas con alguien y ves que hay gente alrededor, habla con ellos para que posteriormente confirmen las circunstancias del hallazgo del animal

c) Veterinario. Es muy importante llevar al animal al veterinario y que te hagan un informe sobre su estado, señalando la fecha. Si puedes pedir informes a otros especialistas, nunca está de más.

d) Denuncias y escritos. Por último, también es muy importante denunciar, si tienes miedo de que la policía no quiera denunciar, o estás inseguro sobre el destino del animal, también puedes realizar un escrito ante el ayuntamiento reportando lo ocurrido.

Si actúas de buena fe no tienes por qué preocuparte. La ley protege al animal frente al abandono.

  1. ¿Qué ocurre con la persona que abandonó al animal?

Cuando el animal ha sido abandonado y denunciamos, si el responsable del animal es condenado según el artículo 337 bis del Código Penal, será castigado con una pena de multa de uno a seis meses (cada día multa será según su nivel de ingresos) y además podrá ser inhabilitado de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, tenencia o comercio que tenga relación con los animales.

Por desgracia este tipo de acciones todavía no está lo suficientemente perseguido, e incluso las penas dejan bastante que desear, puesto que está tipificado como delito leve. Hay que seguir luchando para que el Código Penal refleje la gravedad real de los delitos contra los animales.

Equipo Aboganimal

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