La contratación pública en materia de protección animal atraviesa un momento crítico. Cada vez más ayuntamientos licitan contratos de recogida de animales abandonados, gestión de refugios o programas de gestión integral para colonias felinas. Sin embargo, también aumenta el número de empresas que concurren a estos procedimientos sin disponer de una verdadera solvencia técnica en bienestar animal.
Y ese es precisamente uno de los mayores problemas actuales de la contratación pública animal en España.
Porque gestionar vidas de animales no equivale a prestar un servicio cualquiera. Estamos hablando de seres sintientes cuya atención exige conocimientos específicos, experiencia práctica, medios adecuados y personal suficiente y cualificado.
En la reciente STS 91/2026 nuestro Alto Tribunal afirma que la falta de solvencia técnica vicia toda la adjudicación, por lo cual anula la adjudicación y reconoce el derecho de la recurrente (segunda clasificada) a ser la adjudicataria. En este caso el recurso se produjo porque el segundo clasificado probó que el adjudicatario no disponía del personal que declaró tener.
Y ¿qué tiene que ver esto con Derecho Animal?
El Tribunal Supremo confirma que la solvencia técnica exigida en un contrato público no puede convertirse en una mera formalidad documental. Dice quela Administración no debe detenerse en aceptar las declaraciones responsables de que la empresa «dispone de medios«. Debe comprobar rigurosamente si el licitador dispone o no medios suficientes antes de adjudicar el contrato. Porque de lo contrario procede anular dicha adjudicación.
Esta STS puede utilizarse estratégicamente para impugnar adjudicaciones a empresas que sabemos que no cuentan con medios reales y combatir ofertas técnicamente inviables.
Qué significa realmente tener solvencia técnica en protección animal
En muchos contratos públicos de recogida animal y gestión de colonias felinas mediante el método C.E.R. se sigue confundiendo capacidad empresarial con capacidad técnica real.
No basta con tener una empresa o asociación constituida con cierto volumen de negocio. Tampoco basta con presentar una memoria técnica correctamente redactada o una declaración responsable genérica.
La solvencia técnica implica acreditar experiencia específica en protección animal, disponer de medios veterinarios adecuados, contar con instalaciones compatibles con el bienestar animal y demostrar conocimientos reales sobre manejo, recuperación, hospitalización y gestión etológica.
En el caso de las colonias felinas, además, el nivel de especialización necesario es todavía mayor. El método C.E.R. exige experiencia práctica en captura ética, recuperación postoperatoria, gestión poblacional, mediación vecinal y coordinación con alimentadores y entidades de protección animal.
Sin embargo, en muchas licitaciones públicas siguen apareciendo operadores que su única experiencia acreditada en gestión de animales ha consistido en actividades de exterminación.
El problema de las empresas que no se dedican al bienestar animal
Durante los últimos años se ha producido una creciente entrada de empresas procedentes del ámbito del control de plagas o del control de fauna en contratos públicos relacionados con animales domésticos y colonias felinas.
El problema no es únicamente jurídico. También es técnico y conceptual.
La lógica de un servicio de control de plagas no es la misma que la de un servicio de protección animal.
La normativa actual exige actuaciones orientadas al bienestar animal, la minimización del sufrimiento y la gestión ética de las poblaciones animales.
Las consecuencias de esta falta de experiencia en este campo se suelen apreciar rápidamente. Se producen desapariciones de animales, capturas deficientes o tardías, «sueltas» en vez de «retornos», animales que agonizan en la calle sin que nadie les recoja, propagación de enfermedades porque esas empresas «ahorran» en veterinario, quejas vecinales, desestructuración de colonias felinas y graves incidencias en la ejecución del contrato, especialmente afectando a la transparencia y a la trazabilidad de los animales.
No son situaciones teóricas. En los últimos meses han aparecido numerosas noticias relacionadas con conflictos con este tipo de empresas.
En Valencia se ha generado una fuerte polémica social por la adjudicación definitiva de los servicios de refugio y mantenimiento de animales a empresas vinculadas al control de plagas. También han existido denuncias públicas en otros municipios como Alfaz del Pi por actuaciones de captura de felinos no autorizadas por el Ayuntamiento, realizadas en un hotel por una empresa de control de plagas.
Incluso desde los Colegios de Veterinarios se ha advertido públicamente del riesgo que supone adjudicar contratos de gestión de animales a empresas que no disponen de verdadera especialización técnica.
El método C.E.R. exige especialización
Uno de los mayores errores de algunas administraciones consiste en tratar el método C.E.R. como un simple servicio de retirada de animales.
Todos sabemos que no funciona así.
La correcta gestión de colonias felinas requiere ciertos conocimientos veterinarios y etológicos, conocimiento de las normas, experiencia práctica y capacidad organizativa. También exige comprender el comportamiento territorial de los gatos comunitarios y aplicar protocolos técnicamente adecuados.
Cuando un programa C.E.R. se ejecuta sin experiencia ni conocimientos suficientes aparecen problemas muy graves. Las colonias se desestructuran, aumentan las camadas y los conflictos entre animales, se incrementan las incidencias vecinales y se pierde completamente el control poblacional que precisamente se pretendía conseguir.
Por eso resulta tan importante que los pliegos de contratación exijan solvencia técnica específica y experiencia acreditada en gestión C.E.R.
No resulta admisible que quien asume la adjudicación de un contrato público de gestión animal carezca de los conocimientos básicos que cualquier alimentadora o gestora de colonias felinas adquiere tras años de experiencia directa sobre el terreno.
El precio más bajo sigue perjudicando la protección animal
Otro de los grandes problemas de la contratación pública animal es la excesiva importancia que todavía las Administraciones conceden al criterio económico.
Muchos ayuntamientos continúan elaborando pliegos donde el precio tiene un peso desproporcionado frente a la calidad técnica. O directamente, el precio es el único criterio a valorar.
Esto a nuestro juicio es erróneo y provoca una consecuencia muy clara. Las asociaciones y entidades verdaderamente especializadas tienen enormes dificultades para competir frente a empresas que presentan ofertas económicamente inviables.
Prestar correctamente un servicio de recogida animal o gestión C.E.R. exige recursos. Hace falta personal formado, atención veterinaria, instalaciones adecuadas, medios de transporte específicos y capacidad de respuesta ante urgencias. Cuando el único objetivo es abaratar costes, el bienestar animal acaba deteriorándose inevitablemente.
La ausencia de criterios adecuados y proporcionados para garantizar una correcta ejecución del objeto del contrato constituye igualmente un motivo legítimo de impugnación de los pliegos, especialmente cuando dicha deficiencia compromete la calidad del servicio, el bienestar animal o la adecuada selección de operadores verdaderamente capacitados para su ejecución.
Qué deberían exigir los pliegos públicos
La contratación pública en protección animal necesita un cambio de enfoque.
Los pliegos deberían exigir experiencia específica acreditada en gestión animal y programas C.E.R.. También deberían valorar de forma mucho más rigurosa la disponibilidad real de veterinarios 24/7, instalaciones adecuadas y protocolos efectivos de bienestar animal basados en indicadores claros.
Además, resulta fundamental evitar criterios económicos desproporcionados que terminan favoreciendo ofertas inviables desde el punto de vista técnico.
La protección animal no puede seguir abordándose como un contrato público ordinario en el que cualquier operador pueda resultar adjudicatario simplemente por presentar la oferta más barata. Cuando el objeto del contrato afecta directamente al bienestar de seres sintientes, la experiencia, la solvencia técnica y la calidad del servicio deben prevalecer necesariamente sobre una lógica puramente economicista basada en “tirar el precio”.
Ahorrar en bienestar animal suele acabar saliendo caro.
Cada vez más asociaciones optan a contratos públicos
Durante años, muchas asociaciones de protección animal se vieron obligadas a conformarse con los convenios o subvenciones que sus Ayuntamientos decidían concederles de forma discrecional. Sin embargo, la evolución de la Ley de Contratos del Sector Público ha reforzado los principios de libre concurrencia, igualdad y transparencia, provocando que los convenios nominativos atraviesen una evidente crisis jurídica y práctica.
A ello se añade un cambio fundamental: los Ayuntamientos ya no actúan únicamente como entidades que “colaboran” con asociaciones animalistas, sino que ostentan competencias propias en materia de gestión de colonias felinas y protección animal. Esto implica que muchas asociaciones no están realizando una actividad meramente voluntaria o complementaria, sino ejecutando auténticos servicios públicos municipales.
Y un servicio público no puede sostenerse indefinidamente sobre precariedad, voluntariado estructural o ayudas simbólicas. Debe contar con financiación adecuada y con mecanismos de contratación o gestión conformes a la legalidad administrativa.
Por eso cada vez más pequeñas asociaciones de protección animal desean profesionalizarse y concurrir a contratos públicos de recogida animal o gestión C.E.R. en sus municipios.
Están dando un paso adelante. Y eso es enormemente positivo. Y necesario.
Porque muchas de estas entidades llevan años realizando ese mismo trabajo de campo, saben cómo funciona su municipio y cuentan con experiencia práctica muy superior a la de los operadores puramente mercantiles.
En Aboganimal trabajamos precisamente en este ámbito. Asesoramos a asociaciones y profesionales veterinarios para que puedan concurrir correctamente y ganar procedimientos de licitación pública relacionados con protección animal.
Ayudamos a que pequeñas entidades puedan estructurarse jurídicamente, acreditar y defender su solvencia técnica y competir en igualdad de condiciones frente a grandes operadores.
En muchos casos, asociaciones locales que nunca se habían planteado acudir a una licitación pública terminan gestionando el servicio de recogida animal de su municipio o desarrollando programas C.E.R. municipales mediante contrato con todas las garantías legales.
Así la gestión acaba en manos de entidades que realmente conocen el terreno y las necesidades específicas de los animales.




