MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LA SUBVENCIÓN ESTATAL A PROTECTORAS DE ANIMALES

Si hablamos de protección animal en España, sabemos que las subvenciones estatales en los últimos años han jugado un gran papel en el apoyo a las entidades que trabajan por el bienestar de los animales. Estas subvenciones permiten a las protectoras de animales financiar proyectos esenciales que son de interés comunitario.

En el B.O.E. de hoy, 29 de mayo de 2024, se ha publicado una modificación de la Orden de Bases sobre la que pivotarán las sucesivas convocatorias de las subvenciones estatales a entidades de protección animal. Este cambio introduce varias novedades significativas respecto a la Orden de Bases de 2021.

En este artículo, exploraremos las principales diferencias entre la orden original y su modificación, analizando los beneficios y las desventajas que estas nuevas bases presentan para las protectoras de animales.

Entender estos cambios es fundamental para que las entidades puedan adaptarse y aprovechar al máximo las nuevas oportunidades de financiación. Además, es vital conocer los detalles específicos sobre la presentación de solicitudes y los nuevos criterios de valoración para asegurar que los esfuerzos invertidos dan su fruto.

¿Qué es la Orden de Bases que Regula las Subvenciones Estatales?

La orden de bases que regula las subvenciones estatales a entidades de protección animal es un marco normativo que establece los criterios, procedimientos y condiciones bajo los cuales el Estado a través del MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030 otorga fondos a las entidades de protección animal.

El objetivo que se persigue con dichas ayudas es apoyar a las entidades en sus actividades de protección, cuidado y bienestar de los animales, facilitando la realización de proyectos esenciales mediante la provisión de recursos económicos.

Estas subvenciones son cruciales para que las protectoras puedan cubrir aunque sea parcialmente, los gastos que se producen con motivo de su actividad.

Además, ayudan a financiar servicios de asesoría jurídica y administrativa, garantizando una gestión más eficiente y profesional de los proyectos.

Principales Cambios en la Modificación de la Orden de Bases

La modificación de la orden de bases en 2024 trae consigo varias actualizaciones importantes en comparación con la versión de 2021. A continuación, detallamos los cambios más relevantes:

Criterios de Valoración:

  • Original (Artículo 4.2):
    • Los gastos veterinarios, de identificación y esterilización, y otros tratamientos veterinarios se valoran hasta 80 puntos, con una mayor puntuación para identificación y esterilización.
  • Modificación:
    • Se reorganizan los criterios en tres grandes conceptos: gastos veterinarios (35 puntos), gastos de alimentación, captura y traslado de animales (35 puntos), y gastos en equipamiento y mejora de instalaciones (10 puntos).
    • La máxima puntuación se otorga a proyectos que estimen un gasto máximo de diez mil euros en cada apartado, asignándose al resto proporcionalmente.

Presentación de Solicitudes:

  • Original (Artículo 6.1 y 6.2):
    • Las solicitudes se presentan por medios electrónicos a través del Registro Electrónico General y la sede electrónica del Ministerio.
    • La solicitud debe contener el importe total definitivo de los gastos cuya subvención se solicita.
  • Modificación:
    • Las solicitudes se presentan a través de la aplicación informática SIGES.
    • Se permite modificar el importe de los gastos alegados antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Documentación Requerida:

  • Original (Artículo 7.1):
    • Requiere copia auténtica de varios documentos, incluyendo la tarjeta de identificación fiscal, estatutos, y acreditación de inscripción en registros.
  • Modificación:
    • Ahora se requiere copia digitalizada de los mismos documentos y se especifica el uso de certificado electrónico para la firma de la solicitud y documentación complementaria.

Resolución y Publicación:

  • Original (Artículo 8.3):
    • Se publica la lista provisional de admitidos y excluidos en la página web del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, aunque por cortesía se venían realizando de forma individualizada por email o por otros medios electrónicos.
  • Modificación:
    • Ahora la lista provisional se publica en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y las publicaciones sucesivas también se realizarán allí.

Otros Cambios Significativos:

  • Artículo 4.2:
    • Ya no distingue entre tratamientos veterinarios de identificación, de esterilización u otros, que había que presentarlos por separado. Están todos dentro de la misma categoría de Gastos Veterinarios y puntúan igual.
  • Artículo 11.2:
    • NOVEDAD IMPORTANTE: Se incrementa la cuantía máxima de la subvención de cinco a diez mil euros.
  • Artículo 12:
    • Mantiene como objeto de subvención los gastos de asesoría jurídica, financiera o de administración, financieros, notariales, registrales, periciales, indispensables para la preparación y ejecución del proyecto subvencionado.
    • Se añaden como subvencionables los gastos de “traslado de animales» y «equipamiento y mejora de las instalaciones, incluyendo adquisición de jaulas o elementos de captura y ampliación y remodelación de las instalaciones».
    • Se excluyen específicamente los salarios del personal.

Pros y Contras de la Modificación de la Orden de Bases

Pros:

  • Aumento en la cuantía máxima de subvención: Las protectoras pueden recibir hasta 10.000 euros, el doble de la cantidad anterior.
  • Simplificación de categorías de gastos veterinarios: Agrupar todos los gastos veterinarios sin necesidad de hacer un cómputo separado facilita la justificación.
  • Ampliación de conceptos subvencionables: Ahora se incluyen gastos de traslado,captura y mejora de instalaciones.

Contras:

  • Tramitación más compleja: El uso obligatorio de la aplicación SIGES para la presentación de solicitudes puede aumentar significativamente la dificultad del proceso para algunas asociaciones que no tengan un nivel medio-avanzado a nivel de gestión informática.
  • Menos posibilidad de seguimiento: La publicación de listas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en lugar de la página web del Ministerio, puede dificultar el seguimiento del proceso para las entidades.

A modo de conclusión, podemos decir que la modificación de la orden de bases para subvenciones estatales a entidades de protección animal presenta tanto ventajas como desafíos. Por un lado, incrementa el apoyo financiero y se amplían los conceptos subvencionables, lo que puede significar una gran ayuda para las protectoras. Por otro lado, la mayor complejidad en la tramitación y la menor comunicación individualizada pueden ser obstáculos a superar.

Es crucial que las protectoras de animales estén bien informadas y preparadas para adaptarse a estos cambios, maximizando así las oportunidades que las nuevas bases reguladoras les ofrecen. Recuerda que, seas una protectora pequeña o grande, con núcleo o sin él, te podemos ayudar a través de nuestros Planes de Gestión de Subvenciones que puedes consultar aquí.

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