CASO FÁBRICA DE PAPEL: CONDENA POR MALTRATO ANIMAL

Se consigue poner a salvo a todos los perros maltratados, que no deberán volver con su maltratador

En la ciudad de Xàtiva en noviembre de 2021 se destapó un caso de maltrato animal que suscitó la atención mediática. Se trataba de un criadero ilegal de perros para la caza que fue desarticulado por mantener a los perros en condiciones extremadamente precarias e insalubres. El panorama era desolador. 38 perros y 2 hurones encerrados en un entorno insalubre, entre basura y heces, privados de toda atención veterinaria, sin acceso adecuado a agua o comida, todos ellos atados, limitando su capacidad de movimiento. Incluso se localizó un hurón en estado de descomposición. Como decimos, debilitados, desnutridos y afectados por diversas enfermedades, esos animales luchaban por su supervivencia en condiciones que ningún ser vivo debería experimentar.

A pesar de que el Ayuntamiento de Xàtiva conocía esta situación desde hacía meses, no se decidió a actuar hasta que el caso se hizo mediático. Fue decisiva la denuncia ciudadana a través de las redes sociales, donde se volvió viral un vídeo grabado por @dogsoul_team que reflejaba el estado de estos perros.

Créditos: @dogsoul_team

Una vez decomisados los animales por la Policía Local, la Asociación para la Defensa de los Animales (A.D.A.) como depositaria judicial en colaboración con la S.P.A.X. se ocuparon de su cuidado y rehabilitación.

Tanto A.D.A. como la Asociación Valenciana de Abogados por la Defensa Animal (A.V.A.D.A.) ejercieron la acusación particular en el procedimiento judicial.

A) RESOLUCIONES JUDICIALES DE DECOMISO DEFINITIVO

  1. DURANTE LA INSTRUCCION

El abogado de A.D.A. Eloi Sarrió, director del despacho jurídico Aboganimal, resalta que, ya en la fase de instrucción se solicitó, con fundados argumentos legales, el dictado de una resolución judicial que autorizara el decomiso definitivo antes del juicio oral de 30 de los perros decomisados. Solo existía un precedente de resolución judicial en este sentido, logrado por FAADA en 2019, por lo que la dificultad era máxima.

Por Providencia de 18 de octubre de 2022 se logró el tan esperado aval judicial que daba vía libre a su adopción, con gran alegría de las familias que los tenían en acogida y que estaban logrando grandes avances en su rehabilitación.

2. EN LA SENTENCIA DE CONDENA

Tras una larga instrucción, finalmente el mes pasado el Juzgado de lo Penal nº 18 de València dictó una sentencia de condena firme y sin posibilidad de recurso, por delito continuado de maltrato animal:

Podemos observar que la sentencia consta de los siguientes pronunciamientos:

  • OCHO MESES DE PRISIÓN,
  • TRES AÑOS DE INHABILITACIÓN ESPECIAL para sufragio pasivo durante la condena, para profesión, oficio, o comercio que tenga relación con los animales y para su tenencia.
  • COSTAS PROCESALES, incluidas las de la acusación particular.
  • Se declara expresamente que la TITULARIDAD de los animales señalados en los hechos probados se transfiere a la “Asociación para la Defensa de los Animales” (A. D. A.).
  • RESPONSABILIDAD CIVIL: deberá indemnizar A. D. A. en la cantidad de 1.000,00 euros, por gastos veterinarios.

Dado que el Código Penal no facilita el ingreso en prisión, por la baja graduación de las penas en estos delitos al carecer de antecedes penales previos, el objetivo de la acusación particular no era tanto conseguir la máxima pena de prisión, sino lograr el máximo período de inhabilitación para su tenencia, así como pronunciamiento expreso para la cesión definitiva-decomiso de los perros que aún estaban a nombre del maltratador.

La sentencia, a nuestra solicitud incluyó dichos objetivos, 3 años de inhabilitación especial para tenencia de animales y el decomiso definitivo de todos los perros restantes, que tampoco deberán volver con su maltratador.

En palabras de Margarita Sancho, presidenta de ADA: “La sentencia nos alegra mucho, dar las gracias a Eloi Sarrió, de Aboganimal, a la S.P.A.X. por ayudarnos, y a todas las casas de acogida que colaboraron para hacerlo posible. Esperemos que esta sentencia cree un precedente y que sirva para que se actúe ante este tipo de delitos”

B) EXCLUSIÓN DEL DECOMISO DEFINITIVO EN LA ÚLTIMA REFORMA PENAL

Debemos destacar que en la modificación del Código Penal se omitió la regulación del decomiso definitivo de animales, lo que dificulta intensamente la labor del abogado animalista, ya que hace depender el destino de los animales de la benevolencia del juez o, bien, de llegar a una conformidad del acusado.

Recordemos que el decomiso definitivo de animales como pena accesoria se quedó fuera de la reforma penal que entró en vigor en 2023, y ello a pesar de las advertencias recogidas en los informes de:

  • Consejo General del Poder Judicial: “Se aprecia, sin embargo, que la reforma proyectada deja sin resolver la situación en la que quedará el animal, especialmente si se trata de un animal doméstico, una vez el autor del delito cumpla las penas de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tengan relación con los animales y para la tenencia de animales”.
  • Consejo Fiscal Se deja sin resolver la situación en la que queda el animal intervenido provisionalmente, una vez cumplida la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, industria o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, transcurrido el tiempo de condena establecido por sentencia firme”.

Para evitar que se sucedan una y otra vez situaciones injustas y altamente peligrosas para los animales, son necesarias reformas en nuestro Código Penal y también en la LECrim, para que en los casos más graves de maltrato se establezcan criterios que permitan dos cosas: la primera, con anterioridad a la sentencia, mientras se encuentran en depósito judicial, decidir de forma definitiva sobre su titularidad, y la segunda, incluir en la sentencia el decomiso definitivo para evitar que los animales vuelvan con su maltratador, ya condenado.

C) DESAFÍOS FUTUROS

Aunque la presente sentencia incide en la protección de los animales maltratados, y por eso hemos de felicitarnos, es crucial subrayar la necesidad de reclamar a las instancias oportunas reformas adicionales para asegurar que los animales involucrados en casos de maltrato sean efectivamente protegidos por nuestra legislación mediante la figura del decomiso definitivo.

D) REPERCUSIONES

– EN TELEVISIÓN

LA 7. TELEVISION PÚBLICA DE LA REGIÓN DE MURCIA

INFORMACIÓN TV

EN PRENSA:

CADENA SER: https://cadenaser.com/comunitat-valenciana/2024/03/13/xativa-se-convierte-en-referencia-obligada-contra-el-maltrato-animal-radio-xativa/

LAS PROVINCIAS: https://www.lasprovincias.es/ribera-costera/condenan-meses-prision-dueno-perros-hallados-condiciones-20240311162420-nt.html

DIARIO LEVANTE- EL MERCANTIL VALENCIANO: https://www.levante-emv.com/costera/2024/03/13/perros-criadero-ilegal-clausurado-xativa-99394386.html

DIARIOALICANTE.ES: https://diarioalicante.es/animales/sentencia-condena-firme-perros-maltratados/

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