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SENTENCIA PIONERA COLONIAS FELINAS

Según los hechos probados el pasado 𝟮𝟵 𝗱𝗲 𝗷𝘂𝗹𝗶𝗼 𝗮 𝗹𝗮𝘀 𝟴 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗺𝗮ñ𝗮𝗻𝗮 𝗔.𝗔.𝗕. (𝗽𝗿𝗼𝗽𝗶𝗲𝘁𝗮𝗿𝗶𝗼 𝗱𝗲 𝘂𝗻 𝗿𝗲𝘀𝘁𝗮𝘂𝗿𝗮𝗻𝘁𝗲 𝗰𝗼𝘀𝘁𝗲𝗿𝗼 𝗱𝗲 𝗦𝗮𝗻𝘁𝗮 𝗣𝗼𝗹𝗮) intentó impedir que dos de las alimentadoras le pusieran agua a un gato. Después de amedrentarlas verbalmente, 𝗻𝗶 𝗰𝗼𝗿𝘁𝗼 𝗻𝗶 𝗽𝗲𝗿𝗲𝘇𝗼𝘀𝗼 𝗹𝗲 𝗽𝗿𝗼𝗽𝗶𝗻𝗼́ 𝘂𝗻𝗮 𝗽𝗮𝘁𝗮𝗱𝗮 𝗮 𝘂𝗻𝗮 𝗱𝗲 𝗲𝗹𝗹𝗮𝘀, causándole lesiones en la mano.

Ambas alimentadoras tenían el carnet del Ayuntamiento de Santa Pola que les autorizaba a cumplir con su labor de cuidado. El único gato que quedaba en esa colonia estaba vacunado, desparasitado, esterilizado. La colonia se encontraba en suelo público, no en terreno de su propiedad. Aún así el gato que tenía cerca “le molestaba”.

El juzgado de Instrucción nº 1 de Elche (Alicante) ha acordado en sentencia condenar a A.A.B. como autor responsable de un delito leve de lesiones, a la pena de 30 días de multa, con cuota diaria de 5 euros, más pago de las costas. En caso de impago de la multa, se sustituirá por QUINCE DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD. Asimismo, deberá abonar a la alimentadora agredida, la cantidad de 269,85 euros, en concepto de responsabilidad civil. Del mismo modo, se prohíbe al condenado el acercamiento a una distancia no inferior de 100 metros respecto de la denunciante o los lugares frecuentados por ésta (incluyendo su colonia), así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio por un período de 3 meses.

La agencia Europa Press y los medios de comunicación El Pais, ABC, La Vanguardia, y otros medios, algunos de ellos jurídicos como Law&Trends se han hecho eco de esta sentencia, ganada por el despacho Aboganimal. La noticia también está disponible en valenciano y en inglés.

Se trata de una resolución judicial que ha sido muy apreciada por el mundo felino. Supone una protección a la figura de las alimentadoras-gestoras de colonias felinas y a la vez a las colonias felinas que cuidan.

En palabras de Eloi Sarrió, director de Aboganimal, que representaba a la asociación CER y a las alimentadoras denunciantes:

“Con sentencias como esta ganamos todos. Lo decimos mucho, pero es preciso reiterarlo: las alimentadoras-gestoras de colonias felinas tienen derecho a realizar su valiosa labor social tranquilas y sin interferencias. Solo así las colonias felinas pueden estar protegidas. Esta sentencia es un justo reconocimiento a su dignidad. Sabemos que la pena impuesta puede parecer poca cosa, pero es muy importante como precedente; por su valor simbólico, porque les otorga protección en el ejercicio de su labor y porque impone al condenado, no solo el alejamiento de la alimentadora sino también de su colonia”.

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