Recientemente se ha aprobado el Anteproyecto de reforma del Código Penal para endurecer los delitos contra los animales.
Sabemos que hay modificaciones sustanciales, como la ampliación de la protección de los animales, que pasan de “domésticos” a “vertebrados” y que se amplían los supuestos de las circunstancias consideradas agravantes.
Pero… ¿A qué animales protegerá ahora el Código Penal? Si una persona jurídica comete este delito… ¿tendrá consecuencias penales? ¿El endurecimiento anunciado significa que un eventual maltratador de animales pisará prisión sin antecedentes previos?
Compartimos con vosotras el nuevo podcast de nuestros amigos de Café Jurídico en el que ha participado nuestro director: